lunes, 18 de julio de 2022

ES NULO DESPEDIR A UN ENFERMO

Este nuevo concepto nace con con la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Para aclarar mas debemos acudir al articulo 2.1 que dice textualmente: «Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, lengua, situación socioeconómica, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social«. A mayor abundamiento el articulo 2.3 señala que: «La enfermedad no podrá amparar diferencias de trato distintas de las que deriven del propio proceso de tratamiento de la misma, de las limitaciones objetivas que imponga para el ejercicio de determinadas actividades o de las exigidas por razones de salud pública«. El articulo 26 de la norma indica que "las disposiciones, actos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de alguno de los motivos previstos en el apartado primero del artículo 2 de esta ley" El articulo 27 señala sobre la reparcion del daño "proporcionando una indemnización y restituyendo a la víctima a la situación anterior al incidente discriminatorio, cuando sea posible. Acreditada la discriminación se presumirá la existencia de daño mora" Y para terminar el articulo 30 invirte la carga de la prueba señalando que: "cuando la parte actora o el interesado alegue discriminación y aporte indicios fundados sobre su existencia, corresponderá a la parte demandada o a quien se impute la situación discriminatoria la aportación de una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad". A la primera lectura de este inicial comentario se puede desprender que despedir a un enfermo en NULO y conlleva a un indemnizacion por discriminacion Solamente nos queda esperar la interpretacion jurisprudencial que los tribunales laborales realizaran sobre este tema. Queda por tanto pendiente una nueva entrada sobre este tema.

PADRES EN DESACUERDO SOBRE LA VACUNACION COVID DE SU HIJA

 Noticias publicada por el diario Heraldo de Aragon, sobre un caso defendido en este despacho   https://www.heraldo.es/noticias/salud/2023/1...