Segun se regula en el estatuto de los trabajadores art. 14.3, el periodo de IT , interrumpe el computo del periodo de prueba.
Es decir, el periodo de prueba se alarga, tantos dias como dure el periodo de IT en el periodo de prueba.
A este respecto el Tribunal Supremo tiene doctrina asentada que el caso anterior no impide la ejecucion de un despido por no superar el periodo de prueba. Entendiendo el alto tribunal que no existe en el desestimineto de la empresa ni abuso, ni discriminacion alguna.