viernes, 21 de octubre de 2022

TELETRABAJO. EL TIEMPO PERDIDO POR AVERIAS SE DEBE CONSIDERAR DE TRABAJO EFECTIVO

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en sentencia 11782022 de 12 de septiembre de 2022 ha considerado que los periodos de inactividad de los trabajadores que teletrabajan, son trabajo efectivo, si se produce una averia o incidencia tecnica que les impida desarrollar su trabajo.

La Audiencia Nacional ha considerado que es imputable al empresario la obligacion de proporcionar los medios tecnicos al empleado para desarrollar su trabajo. 





 


PADRES EN DESACUERDO SOBRE LA VACUNACION COVID DE SU HIJA

 Noticias publicada por el diario Heraldo de Aragon, sobre un caso defendido en este despacho   https://www.heraldo.es/noticias/salud/2023/1...