lunes, 20 de septiembre de 2021

SEMANA LABORAL DE 4 DIAS

Es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ya que afecta a jornada y sueldo, garantizándose que se produce con el acuerdo de los trabajadores. El cauce legal adecuado para esta modificación es el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores; teniendo que diferenciar si se trata de un modificación individual o colectiva. Si se trata de una colectiva esta deberá negociarse con los representantes de los trabajadores Además, la empresa deberá probar que existen causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifican el cambio de jornada de cinco a cuatro días laborales a la semana.

PADRES EN DESACUERDO SOBRE LA VACUNACION COVID DE SU HIJA

 Noticias publicada por el diario Heraldo de Aragon, sobre un caso defendido en este despacho   https://www.heraldo.es/noticias/salud/2023/1...