lunes, 6 de diciembre de 2021
SI FALTAS AL TRABAJO POR MIEDO AL COVID, TE PUEDEN DESPEDIR
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictaminado que faltar al trabajo alegando tener miedo a la epidemia del Covid-19 es causa de despido si la empresa ha implementado medidas para proteger a los trabajadores.
El TSJ de Madrid considera que “una percepción subjetiva de inseguridad no sustentada en datos objetivos”, no permite al trabajdor tomar la decision de no cumplir las ordenes de la empresa.
Sigue el TSJM diciendo que la trabajadora “Decidió voluntariamente no acudir a su puesto los días señalados. Y ello ofreciendo justificaciones que nada tenían que ver con una situación de especial vulnerabilidad. También consta que la empresa adoptó una serie de medidas organizativas y de prevención para la continuidad en el ejercicio de su actividad, garantizando un riesgo bajo de contagio"
La trabajadora fue despedida disciplinariamente y el TSJM lo considera ajustado a derecho.
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Noticias publicada por el diario Heraldo de Aragon, sobre un caso defendido en este despacho https://www.heraldo.es/noticias/salud/2023/1...