miércoles, 24 de agosto de 2022

EL TRABAJADAOR READMITIDO DESPUES DE UN DESPIDO NULO TIENE DERECHO A LAS VACACIONES QUE GENERO

Segun acaba de sentenciar el Tribunal Supremo sala de lo Social , ( sentencia 648/2022, de 12 de julio) en aplicacion de la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Union Europea, cuando un trabajador es readmitido despues de un despido declarado judicialmente como NULO; tiene derecho a disfrutar de las vacaciones que habia generado durente el despido nulo, pues la relacion laboral no se interrumpe. Es decir, que se tiene derecho a las vacaciones generadas desde que fue despedido hasta la fecha de la readmision, puesto que la falta de prestacion del servicios no es culpa del trabajador.

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 Noticias publicada por el diario Heraldo de Aragon, sobre un caso defendido en este despacho   https://www.heraldo.es/noticias/salud/2023/1...