miércoles, 24 de agosto de 2022
LAS GRAVACIONES SIN AVISAR AL TRABAJADOR JUSTIFICAN DESPIDOS
El Tribunal Supremo ha sentenciado que en determinadas situaciones se puede despedir a un trabajador utiizando grabaciones, sin que la existencia de las mismas haya sido puesta en conocimiento del trabajador
El Tribunal Supremo se ampara la doctrina del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de octubre de 2019, que señala que "solo una imperativa protección de intereses públicos o privados importantes puede justificar la ausencia de información previa. En consecuencia, en determinadas circunstancias se admite que la empresa no advierta al trabajador de la existencia ni del emplazamiento de determinadas cámaras de videovigilancia."
Continua el Tribunal Supremo señalando que el empresario debe probar la veracidad de los hechos imputados y por tanto debe disponder de los medios de prueba necesarios
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